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DECRETO SUPREMO N° 16913

GRAL. DIV. DAVID PADILLA

ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE

GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por el Decreto Supremo No 12069 de fecha 27 de diciembre de 1974, se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble de propiedad de Esteban Kuljis, ubicado en la Avenida Saavedra No 2256 (final) de esta ciudad con destino a la construcción de un Edificio Escolar.

 

Que, a la fecha el mencionado trámite ha sido paralizado, fundamentalmente, por que el Ministerio de Educación y Cultura a través del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares no cuentan con el fondo necesario para el pago indeminizatorio correspondiente.

 

Que, la familia Kuljis en un acto noble de desprendimiento hacia la educación boliviana ha determinado donar gratuitamente parte el inmueble expropiado, en una extensión de 1.850 Mts2.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Abrógase el Decreto Supremo No 12069 de fecha 27 de diciembre de 1974, por el cual se declara de necesidad y utilidad pública el inmueble de propiedad de Esteban Kuljis, ubicado en la Avenida Saavedra No 2256 (final) de esta ciudad, para la construcción de un Edificio Escolar.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado del cumplimiento y ejecución del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazu Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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