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DECRETO LEY Nº 07227

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO

GENERAL DE FUERZA ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que en fecha 8 de octubre de 1960 se suscribió la escritura de Comodato, Administración y Operación, entre el Gobierno de Bolivia, representado por los Ministros de Agricultura, de Educación y de Salud Pública, el Contralor General de la República y el Fiscal de Gobierno y la Sociedad Salesiana, representada por el Superior Salesiano en Bolivia, en virtud de la cual se hace efectiva la transferencia de operación de la Granja-Escuela y Centro de Salud denominado “Muyurina” a la Sociedad Salesiana, por un término de 15 años, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Suprema 93919 de 30 de mayo de 1960;

 

CONSIDERANDO:

 

Que actualmente los padres Salesianos, que se hicieron cargo de la “Muyurina” en septiembre de 1960, están realizando una labor positiva, no sólo en lo que se refiere al cumplimiento del Contrato sino en servicios sociales prestados a su alumnado; asimismo, los sacerdotes han invertido fuertes sumas de dinero en construcciones nuevas, ampliaciones, adaptaciones, etc., todo con el propósito de lograr el mejoramiento material de la Granja-Escuela;

 

CONSIDERANDO:

 

Que para proseguir con el mismo empeño y ritmo de trabajo la Congregación Salesiana requiere de estímulo y seguridades, siendo obligación del Supremo Gobierno el otorgarlos para contribuir al mejoramiento de los centros educativos del país.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETAN:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase los términos de la escritura de Comodato, Administración y Operación, suscrita entre la Sociedad Salesiana y el Gobierno de Bolivia, en fecha 8 de octubre de 1960, en sentido de que este otorga a aquélla la propiedad de la Granja-Escuela denominada “Muyurina”, con la totalidad de las construcciones, maquinarias y en general todos los bienes muebles e inmuebles que posee dicha Granja, quedando consolidado el derecho de propiedad de la Congregación Salesiana sobre la misma, con la única condición de que los Salesianos observen estricto cumplimiento a lo exigido en la enmienda al Convenio de terminación de la “Muyurina”, suscrito por el Gobierno de Bolivia, USAID/B y el SAI, en fecha 9 del presente, debiendo firmarse la correspondiente escritura pública donde conste este acto jurídico.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación, Agricultura y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos sesenta y cinco años.

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Carlos Alcoreza, Tcnl. Oscar Quiroga Ter;n, Cnl. Carlos Ardiles, Tcnl. René Bernal Escalante, Cnl. Hugo Banzer, Cnl. José Carrasco R., Cnl. Jaime Berdecio, Cnl. Sigfredo Montero, Tcnl. Samuel Gallardo L., Cnl. Rogelio Miranda Baldivia.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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