DECRETO SUPREMO Nº 22239
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la ley 1052 de 8 de febrero de 1989 ha aprobado el presupuesto consolidado para el sector público, para su vigencia durante el presente período fiscal;
Que el grupo 100 “Servicios personales” del presupuesto de funcionamiento de la Corporación Regional de Desarrollo del Beni, gestión 1989 acusa insuficiencia presupuestaria
Que existiendo suficientes salgo presupuestarios en el presupuesto aprobado de la mencionada entidad, es posible el traspaso intrainstitucional de tales fondos, en el marco de los artículos 9 de la ley 1052 de 8 de febrero de 1989 y 12 del decreto supremo 21364 de 13 de agosto de 1986, sin contravenir el artículo 11 de este último
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Corporación Regional de Desarrollo del Beni el siguiente traspaso de fondos en su presupuesto de funcionamiento, gestión 1989, por UN MILLON 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 1.000.000.-), financiados por el Tesoro General de la Nación:
ORGANISMO
CORPORACION REGIONAL DE
DESARROLLO DEL BENI
CAPITULO
1
:
FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA
01
:
DIRECCION SUPERIOR
SUB PROGRAMA
01
:
APOYO FINANCIERO
ADMINISTRATIVO
ACTIVIDAD
01
:
ADMINISTRACION GENERAL
RECURSOS
:
TESORO GENERAL
GESTION
1.989
(En Bolivianos)
DE:
200
SERVICIOS NO PERSONALES
1.000.000.-
260
Otros servicios no personales
1.000.000.-
262
Asignaciones globales
1.000.000.-
TOTAL
1.000.000.-
A:
100
SERVICIOS PERSONALES
1.000.000.-
110
Empleados permanentes
850.081.-
112
Categorías
7.845.-
114
Aguinaldos
65.484.-
116
Asignaciones familiares
25.440.-
117
Sueldos
751.312.-
120
Empleados no permanentes
13.271.-
130
Previsión Social
136.648.-
131
Aporte patronal al Seguro Social
121.465.-
132
Aporte patronal para la vivienda
15.183.-
TOTAL
1.000.000.-
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Planteamiento y Coordinación y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos ochenta y nueve años
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentín Abecia Baldivieso, Eduardo Pérez Beltrán, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano Sandoval, Ferando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.