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DECRETO LEY Nº 07207
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTES DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto No. 2063, ha sido instituído el “Día del Ex-Combatiente”, en conmemoración a la suscripción del Protocolo Preliminar de Paz, y en homenaje a los defensores de la integridad patria en la guerra del Chaco;
Que, los Beneméritos de la Patria merecen el respeto de la ciudadanía y constituyen la genuina representación del espíritu cívico del país y la continuidad de la alta misión tutelar de las Fuerzas Armadas de la Nación;
Que la Junta Militar de Gobierno, interpretando el sentimiento de admiración de todo el pueblo hacia sus héroes y defensores de la heredad nacional, está en el deber de asegurar el bienestar de éstos, como justo reconocimiento de gratitud a su sacrificio y patriotismo;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETAN:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reconoce y garantiza la inamovilidad a favor de los Beneméritos de la Patria que desempeñan funciones en la administración pública, en instituciones autónomas, autárquicas, semi-autárquicas, no pudiendo ser retirados de sus cargos sino en los casos previstos en el art. 9° de la Ley de 21 de diciembre de 1956 y siempre que ellos fuesen debidamente justificados y comprobados.
Los señores Ministros de Estado, en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio de mil novecientos sesenta y cinco años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Oscar Quiroga T., Gral. Hugo Suárez G., Cnl. Rogelio Miranda B., Cnl. Sigfredo Montero V., Tcnl. Rene Bernal Escalante., Cnl. José Carrasco R., Cnl. Carlos Ardiles Iriarte.
TEXTO DE CONSULTA
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