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DECRETO SUPREMO Nº 13990

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Protocolo Adicional al convenio de Préstamo suscrito en 24 de enero de 1969, los Gobiernos de la República de Bolivia y el Estado Español acuerdan en formular un nuevo rol de pagos para las amortizaciones de capital de las obligaciones emergentes del Contrato Camer-Enosa, Sercobe Iner y Eptisa, con ejecución a partir del 30 de octubre de 1976 al 30 de abril de 1980. Además, como consecuencia de la firma del mismo Protocolo, el Gobierno de Bolivia se obliga a cancelar la suma de $us.- 302.691.30 por concepto de intereses devengados.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno proveer de los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las amortizaciones que deben efectuarse en el curso de la presente gestión, dejando reservado el pago de saldos a través del Presupuesto Consolidado del Sector Público, previa apropiación de fondos en el Presupuesto de Deuda Pública de los futuros ejercicios fiscales.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en función de las atribuciones que le confiere el Art. 28 del D. L. Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, ha establecido la necesidad de aprobar un Presupuesto Adicional por la suma de $b. 8.400.000.-, con cargo a recursos del Tesoro Nacional con el fin de cumplir las amortizaciones de capital e intereses correspondientes a la presente gestión, correspondiendo al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal con la relación de ingresos y egresos elaborada por el Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

Apruébase el Presupuesto Adicional de la Deuda Pública con destino al pago de obligaciones emergentes del convenio de Crédito del Gobierno Español de fecha 24 de enero de 1969, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 8.400.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

DEUDA PUBLICA

CAPITULO : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 02 : DEUDA PUBLICA EXTERNA

 

I N G R E S O S

(En PESOS Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Presupuesto

Código F u e n t e Adicional

1 9 7 6

 

I NACIONALES 8.400.000.-

1.- Tesoro Nacional 8.400.000.-

T O T A L : 8.400.000.-

 

E G R E S O S

(En PESOS Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Presupuesto

Código D e s c r i p c i ó n Adicional

1 9 7 6

 

500 DEUDA PUBLICA 8.400.000.-

520 DEUDA PUBLICA EXTERNA 8.400.000.-

521 Amortización 6.774.000.-

522 Intereses 1.626.000.-

T o t a l : 8.400.000.-

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juán Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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