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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO LEY Nº 07183

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, dentro de las estipulaciones del Contrato del Fondo Fiduciario de Progreso Social, suscrito con los Estados Unidos de Norte América el 19 de junio de 1961, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en su calidad de Administrador de dicho Fondo, ha otorgado al Gobierno de Bolivia un préstamo de hasta la suma de $US. 2.600.000.- para la ampliación y mejoramiento del servicio de agua potable de la ciudad de Oruro, mediante Resolución No. DE 22/65 de fecha 4 de marzo del año en curso;

 

Que, es necesario designar el organismo del Estado que debe suscribir el Convenio de Préstamo respectivo y actuar en la ejecución del mismo a nombre y en representación del Gobierno de Bolivia;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorizáse al Ministerio de Economía Nacional para que a nombre y en representación del Supremo Gobierno de Bolivia, suscriba el Convenio de Préstamo No. 104-TF/BO; con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en su calidad de administrador del Fondo Fiduciario de Progreso Social, hasta la suma de $US. 2.600.000.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), con destino a la ampliación y mejoramiento del servicio de agua potable de la ciudad de Oruro.

 

ARTÍCULO 2.- Facúltase al señor Ministro de Economía Nacional, para intervenir a nombre del Gobierno, en la ejecución de dicho préstamo y en todos los actos emergentes del mismo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Carlos Alcoreza, Tcnl. Hugo Banzer, Cnl. Jaime Berdecio, Cnl. José Carrasco, Tcnl. René Bernal, Cnl. Eduardo Méndez P., Tcnl. Juan Lechín Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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