TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 23755

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el decreto supremo 23713 de 14 de enero de 1994 dispone que todos los servidores públicos, activos o pasivos, inscritos en el escalafón de una carrera administrativa, docente, bancaria u otra similar, en toda entidad del sector público, están obligados a actualizar su inscripción en el respectivo escalafón, acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos para demostrar su idoneidad;

 

Que el decreto supremo 23737 de 8 de marzo de 1994 prorrogó el plazo para esa actualización de inscripciones hasta el 31 de marzo de 1994, prórroga que es necesario ampliar por equidad para permitir a todos los servidores públicos que no pudieron hacerlo por razones de fuerza mayor cumplir esta obligación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Prorrógase hasta el 15 de abril de 1994, el plazo establecido en el artículo 4 del decreto supremo 23713 de 14 de enero de 1994.

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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