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DECRETO PRESIDENCIAL Nº 23820

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Lic. Fernando Alvaro Cossío, Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico, debe ausentarse a los Estados Unidos de América, para presentar la Ley de Hidrocarburos a empresas petroleras de ese país, interesadas en el proceso de capitalización promovido por el Supremo Gobierno, entre los días 13 al 16 de julio del año en curso.

 

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 1493 de 17 de septiembre de 1993, es necesario designar al Ministro suplente para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de Estado.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Ministro suplente de Hacienda y Desarrollo Económico al Ing. Carlos Morales Landivar, Secretario Nacional de Industria y Comercio, mientras dure la ausencia del titular.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la Republica, Carlos Sánchez Berzaín, Ministro de la Presidencia de la Republica

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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