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DECRETO PRESIDENCIAL N° 5192
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del Texto Constitucional, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa a los siguientes ciudadanos como MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las siguientes carteras:
Alejandro Gallardo Baldiviezo
MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS
Erland Julio Rodríguez Lafuente
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
Juan Yamil Flores Lazo
MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS
II. Los señores Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en la Casa Grande del Pueblo.
III. Se derogan y abrogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Presidencial.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada.
TEXTO DE CONSULTA
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