TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 1454
LEY DE 24 DE AGOSTO DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY QUE DECLARA A LA HEROÍNA BARTOLINA SISA, COMANDANTE REVOLUCIONARIA Y MUJER LÍDER DE LAS NACIONES Y PUEBLOS INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINOS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.

ARTÍCULO 1.-

Se declara a la Heroína Bartolina Sisa, Comandante Revolucionaria y Mujer Líder de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos del Estado Plurinacional de Bolivia.

ARTÍCULO 2.-

El Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización y de Educación, en coordinación con las entidades territoriales autónomas correspondientes, en el marco de sus competencias, quedan encargados de formular políticas de promoción y difusión de la vida, lucha y valentía de la Heroína "Bartolina Sisa", con fines educativos, culturales e históricos.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Miguel Angel Rejas Vargas, Sandra Paz Méndez, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Sabina Orellana Cruz, Edgar Pary Chambi.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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