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DECRETO SUPREMO N° 19178

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Gobierno de las Fuerzas Armadas mediante Decreto Ley N° 19143, de fecha 21 de septiembre de 1982, ha resuelto la entrega del Gobierno Nacional a quienes elegirá el Congreso Nacional de 1980;

 

Que para el efecto se han cursado invitaciones a diferentes Jefes de Estado y Personalidades para que realcen con su presencia los actos de transmisión del Mando Presidencial.

 

Que estas ceremonias demandarán gastos no previstos en el Presupuesto General de la Nación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Asignar un Presupuesto Extraordinario para cubrir los gastos que demanden las ceremonias de transmisión del Mando en la suma estimada de DIEZ MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 10.000.000.-) en bse a la partida 262 “Asignaciones Globales” del Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 2.- El descargo de la indicada suma, será con cargo de cuenta documentada ante la Contraloría General de la República y dentro de los límites que establece la Ley.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruíz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro G., Raúl Soria Ruíz, Julio Villagomez Vargas, Octavio Villavicencio Q., Víctor Hugo Balderrama Casanovas, Augusto Sanchez Valle, Dorian Gorena Urizar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luís Peñaranda Beltrán.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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