DECRETO SUPREMO Nº 24732
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO
Que la integración física del país es una prioridad para las políticas de desarrollo nacional y regionales y que es necesario expandir la red caminera nacional y la infraestructura aeroportuaria en todos los departamentos del país.
Que mediante la Ley 1654 de Descentralización Administrativa, se establece como responsabilidad de las Prefecturas Departamentales la formulación y ejecución de proyectos de inversión pública para la construcción y mantenimiento de carreteras en el ámbito de jurisdicción de sus departamentos.
Que al presente existen varias obras de infraestructura caminera y aeroportuaria que cuentan parcialmente con financiamiento externo y/o interno , pero que no pueden ser ejecutadas por falta de contraparte local.
Que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional fue creado para apoyar en el financiamiento de proyectos de inversión pública a las regiones de menores ingresos, y actualmente dispone de la estructura administrativa necesaria para administrar líneas de financiamiento para la ejecución de proyectos de inversión pública.
Que la Ley de Privatizaciones No 1330, dispone que los recursos netos provenientes de las privatizaciones de las empresas públicas debe destinarse a inversiones de infraestructura física y social.
Que en el marco de la mencionada Ley se ha procedido a la privatización del sistema de transmisión eléctrica de la Empresa Nacional de Electricidad ENDE, con la venta de 3,622,391 acciones de la serie "A", equivalentes al 100%, por el monto de $us. 39,991,196, en favor de la empresa Red Eléctrica de Bolivia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTICULO 1.- Constituir una Línea para el Cofinanciamiento de Inversiones de Infraestructura de Transportes (la Línea), mediante la asignación de los $us. 39,991,196 provenientes de la privatización del sistema de transmisión eléctrica de ENDE, a ser asignados para los siguientes proyectos:
Proyectos Viales:
Departamento
Monto en $us.
Sunchu Tambo - Puente Sacramento
Challapata - Ventilla
Kuchu Ingenio - Potosí
Yamparáes - Tarabuco
Casarabe - Puente San Pablo
Puente San Pablo - Ascención de Guarayos
Oruro - Toledo
Estudio carretera Potosí - Tarija
Chuquisaca
Oruro
Potosí
Chuquisaca
Beni
Santa Cruz
Oruro
Varios
452,683
1,759,211
5,885,741
3,533,683
8,414,000
9,703,000
2,198,604
709,800
Proyectos Aeroportuarios:
Aeropuerto de Cobija
Aeropuerto de Puerto Suarez
Pando
Santa Cruz
6,092,413
1,242,059
Total Inversiones
39,991,196
ARTICULO 2.- La Línea constituida en el artículo precedente, será administrada por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), y los recursos allí mencionados serán transferidos a las Prefecturas Departamentales que correspondan para completar los aportes locales para el financiamiento de los proyectos indicados, en el caso de las carreteras, y a AASANA en el caso de los aeropuertos.
ARTICULO 3.- Adicionalmente, el FNDR administrará los recursos provenientes de los créditos internacionales destinados a los proyectos viales y los transferirá, conjuntamente con los recursos de la Línea, a las Prefecturas Departamentales y a AASANA de acuerdo a la estructura de cofinanciamiento reembolsable y no reembolsable que se presenta en el cuadro adjunto al presente Decreto Supremo.
ARTICULO 4.- En ningún caso, el FNDR podrá transferir recursos de la línea con carácter no reembolsable, para el cofinanciamiento de los proyectos viales, más del 65% del costo total de las inversiones en los departamentos de Potosí, Oruro, La Paz, Chuquisaca, Beni, Pando, ni más del 25% en los departamentos de Cochabamba, Santa Cruz y Tarija.
ARTICULO 5.- Los recursos de carácter reembolsable serán transferidos a las Prefecturas y a AASANA de acuerdo a Contratos de Financiamiento a ser suscritos con el FNDR aplicando las condiciones financieras que otorga dicho Fondo de acuerdo a su política financiera.
Las recuperaciones de estos recursos se utilizarán para reembolsar al Tesoro General de la Nación los créditos internacionales transferidos y su remanente para la capitalización de la Línea, de acuerdo convenios específicos a ser suscritos entre el FNDR y el Ministerio de Hacienda.
Los señores Ministros en los Despachos de la Presidencia, Hacienda y Sin Cartera Responsable del Desarrollo Económico, quedan responsables de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Edgar Saravia Durnik, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE CAPITALIZACION, Jaime Villalobos Sanjinés.
ANEXO D.S. Nº 24732
LINEA DE COFINANCIAMIENTO DE INVERCIONES DE INFRAESTRUTURA VIAL En Dólares EE.UU.
LÓCALIZ.
TOTAL
FINANCIAMIENTO EXTERNO
APORTE LOCAL
proyecto
DEPTO.
GENERAL
CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO
KECUKSOS ENDE (Fondo Vial)
OTROS
TOTAL Reembolsable. No Reembols.
TOTAL Reembolsable. No Reembols
APORTES
RESUMEN
GENERAL
Reembolsable.
No Reembols
Proyectos de Infraestructura Vial
105. 209. 544
60. 584. 476
25. 977. 610
34.606.166
32. 656.724
11 488.745
21.167. 980
11. 968. 344
Sunchu Tambo Puente Sacramento
Chuquisaca
3. 482. 174
3. 029. 491
1. 044. 652
1. 984. 839
452. 683
174. 109
278. 574
-
100%
87%
30%
57%
13%
5%
8%
0%
Challapata Ventilla
Oruro
13. 532. 389
11. 773. 178
4. 059. 717
7. 713. 462
1. 759. 211
676. 619
1. 082. 591
-
100%
87%
30%
57%
13%
5%
8%
0%
Kucho Ingenio - Potosí
Potosí
7. 500. 000
1. 614. 259
1. 500. 000
114. 259
5. 885. 741
1. 125. 000
4. 760. 741
-
100%
22%
20%
2%
78%
15%
63%
0%
Yamparaez - Tarabuco
Chuquisaca
5. 733. 683
2.200. 000
1. 720. 105
479. 895
3. 533. 683
286.684
3. 246. 998
-
100%
38%
30%
8%
62%
5%
57%
0%
Casarabe - Puente San Pablo
Beni
25. 514. 000
13. 100. 000
3. 740. 000
9.360. 000
8.414. 000
1.173. 644
7. 240. 356
4. 000. 000
100%
51%
15%
37%
33%
5%
28%
16%
Pie San Pablo – Asc. de Guarayos
Santa Cruz
31. 641. 000
16. 900. 000
10. 852. 863
6. 047. 137
9.703. 000
7. 709. 617
1. 993. 383
5. 038. 000
100%
53%
34%
19%
31%
24%
6%
16%
Oruro-Toledo
Oruro
17. 096. 489
11. 967. 543
3. 060. 272
8. 907. 271
2. 194. 604
2. 198. 604
2. 930. 343
100%
70%
18%
52%
13%
0%
13%
17%
Potosí
236. 600
100%
236. 600
100%
82.810
35%
153. 790
65%
Estudio Potosí - Tarija
Cbuquisaca
236. 600
100%
236. 600
100%
82. 810
35%
153. 790
65%
Tarija
236 600
100%
236. 600
100%
177. 450
75%
59. 150
25%
49.434.698
55.774.845
1.218.761
35%
2.263.413
65%
4.736.336
33%
8.796.053
63%
2.625.000
33%
4.875.000
65%
2.006.789
35%
3.726.894
65%
8.913.644
33%
16.600.356
65%
23.600.480
75%
8.040.520
25%
5.990.615
35%
11.105.875
65%
82.810
35%
153.790
65%
82.810
35%
153.790
65%
177.450
75%
59.150
25%
Proyectos de Infraestructura Aeroportuaria
9. 385. 003
7. 334. 472
1. 242. 059
6. 092. 413
2. 050. 530
Aeropuerto de Cobija
Pando
7. 542. 943
100%
6.092.413
81%
0%
6.092.413
81%
1.450.530
19%
Aeropuerto de Puerto Suarez
Santa Cruz
1.842. 059
100%
1. 242. 059
67%
1.242.059
67%
-
0%
600.000
33%
1.842.059
7.542.943
-
0%
7.642 943
100%
1.842.059
100%
-
0%
TOTAL
114.594.546
60.584.476
25. 977. 610
34. 606.66
39. 991. 196
12.730.804
27.160. 392
14.011.874
DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL
100%
53%
23%
30%
35%
11%
24%
12%
51. 276. 757
63. 317. 788
45%
55%