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LEY N° 1170
LEY DE 25 DE ABRIL DE 2019

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 33, Parágrafo I inciso b), y 37 de la Ley Nº 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el “Memorando de Entendimiento entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República Popular China sobre la Franja Económica de la Ruta de la Seda y la Ruta Marítima de la Seda del Siglo XXI”, suscrito el 19 de junio de 2018, en Beijing – República Popular China.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los nueve días del mes de abril del año dos mil diecinueve.

Fdo. Rubén Medinaceli Ortiz, Susana Rivero Guzmán, Omar Paul Aguilar Condo, Victor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de ciudad de La Paz, a los veinticinco  días del mes de abril del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA  E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Juan Ramón Quintana Taborga, Mariana Prado Noya.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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