TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 12621

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Empresa Nacional de Fundiciones, realiza sus ventas en el exterior por medio de agentes encargados de promocionar y colocar el estaño metálico a los clientes locales y que, en ese sentido, se han firmado diversos contratos aprobados mediante Resolución Suprema;

 

Que, en el caso de los mercados de la Argentina y Chile, la presentación de ENAF ha estado encomendando a la firma PHIBRO S.A. DE METALES, COMECIAL, INDUSTRIAL Y FINANCIERA la que ha desarrollado una activa labor de apertura de esos significativos mercados siendo satisfactorios para ENAF, los servicios prestados hasta la fecha conforme se analiza en las respectivas reuniones de Directorio.

 

Que, por lo tanto, la Empresa Nacional de Funciones considera necesario continuar esta labor de representación con PHIBRO para los mercados de Chile, Argentina y Paraguay con un nuevo contrato de dos años a partir del 1º de enero de 1975, mejorando las condiciones del anterior, desde el momento en que se rebaja sustancialmente la comisión recibida por el Agente y no se le reconoce la exclusividad en sus operaciones, pudiendo ENAF efectuar ventas directas a los consumidores.

 

Que, corresponde al Supremo Gobierno dictar las medidas necesarias de aprobación de estos contratos conforme se ha procedido en anteriores oportunidades;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Aprobar el contrato suscrito en fecha 1º de diciembre de 1947, entre la EMPRESA NACIONAL DE FUNDICIONES y la Firma PHIBRO S.A. DE METALES, COMERCIAL INDUSTRIAL Y FINANCIERA de la República Argentina, mediante la cual se le otorga la calidad de Agentes en la Argentina, Chile y Paraguay para la venta de estaño metálico y aleaciones crudas sobre la base de estaño, del 1º de enero 1975 al 31 de diciembre de 1976.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete día del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan. Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramínez Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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