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LEY N° 1124
LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2018

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE TRES (3) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).

I.            De conformidad con lo establecido en elnumeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Departamental Oruro de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:

Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/0003/2018, suscrito con la Empresa Estatal CORPORACIÓN MINERA DE BOLIVIA, correspondiente al área denominada CAPURATAS I, con código único 2004928, compuesta por veintiocho (28) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Turco de la Provincia Sajama del Departamento de Oruro. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/0001/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal ROBERTO TARQUI BLANCO, correspondiente al área denominada TARQUI, con código único 2003902, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Pazña de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro. Contrato Administrativo Minero AJAM/DDOR/CAM/0002/2018, suscrito con la EMPRESA MINERA “SULLCAYANA” S.R.L., correspondiente al área denominada SULLCAYANA, con código único 2003569, compuesta por treinta y ocho (38) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Santiago de Huari de la Provincia Sebastián Pagador del Departamento de Oruro.

II.          Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Juan Lino Cárdenas Ortega, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Sebastián Texeira Rojas, Raúl Rocha Ayala.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Felix Cesar Navarro Miranda.

 

ANEXO LEY  N°  1124

CUADRO DE ÁREAS MINERAS DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS
AUTORIDAD JURISDICCIONAL ADMINISTRATIVA MINERA  -  DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL ORURO

N° CONTRATO ADMINISTRATIVO MINERO

CÓDIGO ÚNICO

DENOMINACIÓN DE ÁREA MINERA

APM SOLICITANTE

UBICACIÓN

CANTIDAD DE CUADRÍCULAS ASIGNADAS

MUNICIPIO

PROVINCIA

DEPARTAMENTO

TIPO DE APM SOLICITANTE: ESTATAL

1

Contrato Administrativo Minero N°AJAM/DDOR/CAM/0003/2018

2004928

CAPURATAS I

CORPORACION MINERA DE BOLIVIA

TURCO

SAJAMA

ORURO

28

TIPO DE APM SOLICITANTE: INDUSTRIA MINERA PRIVADA

2

Contrato Administrativo Minero N°AJAM/DDOR/CAM/0001/2018

2003902

TARQUI

ROBERTO TARQUI BLANCO

PAZÑA

POOPO

ORURO

1

3

Contrato Administrativo Minero N°AJAM/DDOR/CAM/0002/2018

2003569

SULLCAYANA

EMPRESA MINERA "SULLCAYANA" S.R.L.

SANTIAGO DE HUARI

SEBASTIAN PAGADOR

ORURO

38

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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