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DECRETO SUPREMO N° 15580

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, con el fin de proseguir con los programas de construcción de escuelas en zonas fronterizas, se hace necesario determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional, en favor de Acción Cívica de las Fuerzas Armadas.

 

Que, de acuerdo a la información presentada por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, Acción Cívica de las Fuerzas Armadas ha contraído la obligación de proseguir con las obras educativas ya iniciadas habiendo suscrito además convenios de la modalidad de operaciones del Pacto Militar-Campesino con el propósito altruista de prestar eficaz ayuda a distintas zonas rurales del país.

 

Que, dada la prioridad de los proyectos señalados y constituyendo la educación la más alta función del Estado, corresponde al Poder Ejecutivo dar curso al referido Presupuesto Adicional, en la forma prevista por, el Art. 27 del D.L. Nº 15338 de 3 de marzo del presente año y a través del Ministerio de Defensa Nacional en virtud del grado de dependencia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Defensa Nacional, para Acción Cívica de las Fuerzas Armadas, con cargo a fondos del Tesoro Nacional, por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.439.00.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

 

INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

F u e n t e

Presupuesto

Adicional

1978

1.-

NACIONALES

3.439.000.-

1.-

Tesoro Nacional

3.439.000.-

 

Total:

3.439.000.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional
1978

700

TRANSFERENCIAS

3.439.000.-

720

 

Al Sector Público

 

3.439.000.-

 

724

Transferencias de Capital por Subvenciones

3.439.000.-

 

Administración Descentralizada

3.439.000.-

 

2.- Instituciones Públicas

3.439.000.-

 

Acción Cívica Nacional

5.439.000.-

 

Total:

3.439.000.-

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Acción Cívica de las Fuerzas Armadas, como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará en su ejecución al siguiente detalle de Ingresos y Egresos:

 

ACCION CIVICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

 

INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

Fuente

Presupuesto
Adicional
1978

I

NACIONALES

3.439.000.-

4.-

Transferencias

3.439.000.-

 

De la Administración Central

3.439.000.-

 

2.- Ministerios de Estado

3.439.000.-

 

Ministerio de Defensa Nacional (T.G.N.)

3.439.000.-

 

Total:

3.439.000.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CAPITULO II :

INVERSION

PROGRAMA 01 :

INFRAESTRUCTURA SOCIAL

Proyecto 03 :

Construcción de Escuelas Rurales

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

1978

100

SERVICIOS PERSONALES

740.000.-

120.4

Empleados No Permanentes

740.000.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES

135.000.-

220

Servicios de Transporte y

Seguros

 

135.000.-

221.4

 

Pasajes

 

 

35.000.-

 

 

 

 

 

222.4

Viáticos

100.000.-

300

 

MATERIALES Y

SUMINISTROS

 

100.000.-

 

320

Para Usos Varios

100.000.-

325.4

 

Lubricantes y Combustibles

 

100.000.-

400

ACTIVOS FIJOS Y

FINANCIEROS

 

2.464.000.-

 

420.4

 

Construcciones, Reformas e instalaciones

 

2.464.000.-

 

Total:

3.439.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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