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DECRETO SUPREMO Nº 15579

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, Acción Cívica de las Fuerzas Armadas requiere de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos de Gestión Anterior con el fin de posibilitar la ejecución de trabajos de ampliación de las oficinas de sus dependencias, sin afectar los recursos del Tesoro Nacional.

 

Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, Acción Cívica de las Fuerzas Armadas dispone de $b.- 657 .900.- en su cuenta bancaria Nº 9-922 del Banco Central de Bolivia, provenientes de saldos no utilizados en su debida oportunidad y correspondientes a las gestiones de 1975 y 1976.

 

Que, ante las mencionadas justificaciones, corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional, con inclusión del detalle de Ingresos y Egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas, con sujeción a la previsión del Art. 27 del D.L. Nº 15338 de 3 de marzo de 1978.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de Acción Cívica de las Armadas, con cargo a recursos de Gestión Anterior, por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 657.900.), para su vigencia en la presente gestión Fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO

DE INVERSION

PROGRAMA 01 :

INFRAESTRUCTURA SOCIAL

Proyecto 01:

Proyectos Especiales y Supervisión de

 

Obras

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1978

I

NACIONALES

657.900.-

5.-

OTROS

657.900.-

5.2

Saldo Gestión Anterior

657.900.-

 

Total:

657.900.-

 

 

EGRESOS

(En Pesos livianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

1978

- _

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

657.900.-

420.51

Construcciones Reformas é Instalaciones

657.900.-

 

Total:

657.900.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUÁREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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