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DECRETO SUPREMO Nº 15517

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

Que, es deber del Supremo Gobierno atender las necesidades de urgencia del Ministerio del Interior, Migración y Justicia a efecto de que pueda cumplir normalmente sus actividades específicas inherentes a la seguridad del Estado.

Que, al fin señalado se hace necesario otorgar un soporte presupuestario al Servicio del Interior, por la suma de $b. 12.000.000.- a través de un Presupuesto Adicional en la forma señalada por el Art. 27 del D.L. Nº 15338 de 3 de marzo de 1978, con cargo a recursos del Tesoro Nacional con destino a gastos reservados.

EN CONSEJO DE MINISTROS

D E C R E T A :

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio del Interior, Migración y Justicia con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de DOCE MILLONES 00/100 DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 12.000.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

MINISTERIO DEL INTERIOR, MIGRACIÓN Y JUSTICIA

PROGRAMA 01: POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Orígen de los Recursos:

 

Código

Descripción

PRESPUPUESTO ADICIONAL

1978

I

1.-

NACIONALES

Tesoro Nacional

12.000.000.-

12.000.000.-

 

T o t a l:

12.000.000.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

Descripción

PRESPUPUESTO ADICIONAL

1978

 

200

260

262

SERVICIOS NO PERSONALES

Otros Servicios No Personales

Asignaciones Globales

12.000.000.-

12.000.000.-

12.000.000.-

 

T o t a l :

12.000.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas é Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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