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DECRETO SUPREMO Nº 15473

GRAL HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, es necesario testimoniar el reconocimiento de la República de Bolivia a los ciudadanos que con su heroismo, riesgo de su vida o sus conocimientos y su cultura, han contribuido de una manera efectiva al progreso de las Fuerzas Armadas de la Nación;

 

Que, por otra parte es necesario destacar la labor de personalidades, tanto civiles como militares que, con su labor proficua contribuyen a la filosofía doctrinal de las Fuerzas Armadas;

Que, es deber del Estado reconocer las obras que merituados diplomáticos y militares extranjeros realizan en bien de las Fuerzas Armadas de la Nación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Institúyese la Condecoración Al Mérito Militar “CNL. EDUARDO AVAROA”, para testimoniar la gratitud de las Fuerzas Armadas a los ciudadanos civiles y militares, diplomáticos y militares extranjeros que, con sus eminentes servicios coadyuven al mejoramiento espiritual, material o intelectual de las Fuerzas Armadas.

 

ARTÍCULO 2.- La indicada Condecoración será conferida, mediante disposición expresa del señor Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, en su calidad de “GRAN MAESTRE DE LA ORDEN”, en los Grados de:

 

CABALLERO

OFICIAL

COMENDADOR

GRAN CRUZ.

 

ARTÍCULO 3.- La calificación de méritos para conceder los respectivos grados, será objeto de una reglamentación, para su posterior incorporación al Reglamento de Condecoraciones Militares.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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