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DECRETO SUPREMO Nº 15469
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, con .motivo de la fundación de la Organización Deportiva Sudamericana en marzo de 1976, se encomendó a nuestro país la organización y realización de los Primeros Juegos Deportivos del Cono Sur durante la presente gestión.
Que, el Supremo Gobierno, prosiguiendo con su política de fomento y estímulo de competencias deportivas nacionales e internacionales, considera necesario autorizar la realización en nuestro país de los Primeros Juegos Deportivos del Cono Sur.
Que, para tal efecto es necesario determinar las fuentes de financiamiento correspondientes y designar a la entidad que se encargue de organizar y realizar dichos Juegos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Ratifícase el compromiso internacional contraído en el Congreso Ordinario de ODESUR, realizado en el mes de octubre del año 1977 en la ciudad de La Paz, designando a Bolivia sede de los Primeros Juegos Deportivos del Cono Sur de 1978.
ARTÍCULO 2.- El Comité Olímpico Boliviano de conformidad con disposiciones deportivas internacionales y de su Estatuto designará a los miembros del Directorio del Comité Organizador de los Primeros Juegos Deportivos del Cono Sur.
ARTÍCULO 3.- El financiamiento para la realización de este evento deportivo, provendrá de las siguientes fuentes:
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El 21% del ingreso total de la participación del 43% en el impuesto a la cerveza de la gestión de 1979, que tienen las entidades beneficiarias del interior de la República.
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Los gastos de funcionamiento asignados al Comité de Obras Deportivas del Departamento de La Paz que ascienden a $b.10.000.000.- y,
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La totalidad de los recursos propios que se recauden por concepto de venta en entradas, derechos de Villa, alquiler de escenarios deportivos y otros ingresos, con motivo de dicho evento.
ARTÍCULO 4.- Autorízase al Banco Central de Bolivia otorgar un préstamo de $b. 15.000.000.- (Quince millones 00/100 de Pesos Bolivianos) en favor del Comité Organizador de los Primeros Juegos Deportivos del Cono Sur, que será amortizado por el Tesoro General de la Nación durante el curso de la gestión de 1979 con fondos provenientes de la retención que efectuará del 21% establecido en el Inciso a) del artículo 3° del presente Decreto Ley.
ARTÍCULO 5.- Las actividades a cargo del Comité Olímpico Boliviano y del Comité Organizador de los Primeros Juegos Deportivos del Cono Sur que dan lugar a dicho evento, con carácter de excepción y por esta única vez se liberan del pago de los siguientes gravámenes:
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Impuesto a la renta de personas establecido mediante D.L. Nº 11153 (Modificado) puesto en vigencia por D.L. Nº 12852 de 12 de septiembre de 1975, en favor de entrenadores extranjeros contratados para el efecto.
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Impuesto sobre espectáculos públicos contenido en el D. L. N9 14374 de 21 de febrero de 1977 y los Items respectivos de las Ordenanzas de Patentes é Impuestos Municipales en vigencia. .
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Derecho de uso de Aeropuerto que cobra AASANA, solo para los miembros de las delegaciones deportivas del exterior que concurran a este certamen.
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Derechos arancelarios, adicionales y otros en la importación de materiales y equipos para construcciones, para oficinas deportivas, con la sola excepción del pago único de la tasa por servicios prestados del 2% de la escala prevista en el Decreto Supremo Nº 11186 de 23 de noviembre de 1973.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Váida, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillen Monje.
TEXTO DE CONSULTA
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