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DECRETO SUPREMO Nº 15458
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, mediante Ordenanza Nº 027/77 de 8 de julio de 1977, la Alcaldía Municipal de Tarija ha declarado de necesidad y utilidad pública los terrenos de propiedad de la sucesión hereditaria de Mercedes Pizarro de Grandchant, ubicados en la zona de la Loma de “San Juan” de la misma ciudad, en la extensión de 29.396.50 metros cuadrados, con destino a la reserva de áreas verdes y construcción del Teatro al Aire Libre, según el Plan Regulador de la ciudad.
Que, de conformidad a la disposición de los artículos 2º y 3º de la citada Ordenanza Municipal, la Alcaldía de Tarija contrae el compromiso de compensar con otros terrenos dentro del radio rubano en la extensión señalada por la Ordenanza Nº 20/77 de fecha 12 de mayo de 1977, expedida por la H. Alcaldía de Tarija.
Que, ante la falta de disponibilidad de terrenos municipales en el área urbana de la ciudad de Tarija para efectuar la referida compensación, corresponde al Supremo Gobierno, de las Fuerzas Armadas disponer su pago por el Tesoro General de la Nación con sujeción al avalúo practicado por la Oficina Regional de Catastro según informe TOD-033/77 de fecha 29 de junio de 1977, a razón de $b. 206.42 por metro cuadrado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Nacional, pagar la suma de SEIS MILLONES SESENTA Y OCHO MIL VEINTICINCO 53/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 6.068.025.53) en favor de la sucesión de Mercedes Pizarro de Grandchant y co-propietarios del inmueble situado en la Loma de “San Juan” de la ciudad de Tarija, por concepto de valor total indemnizable de 29.396.50 metros cuadrados a razón de $b. 206.42 cada metro, según avalúo practicado por la Oficina Regional de Catastro, para su pago en dos cuotas: la Primera en la gestión de 1978 la suma de: TRES MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.500.000.-) con cargo a la Partida 262 “Asignaciones Globales” del Presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas y el saldo de DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL VEINTICINCO 53/ 100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.568.025.53) serán cubiertos con cargo a fondos del Tesoro Nacional a inscribirse en el Presupuesto Fiscal de 1979.
ARTÍCULO 2.- La cancelación de la suma total señalada en el Artículo precedente se efectuará previa suscripción y la escritura pública traslativa de dominio ante el Notario de Hacienda, de la ciudad de Tarija de conformidad a las formalidades previstas por Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas é Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muños Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.
TEXTO DE CONSULTA
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