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DECRETO SUPREMO Nº 15449

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que dentro del Programa de Ejecución de Obras de Infraestructura Deportiva Departamental, la Corporación de Desarrollo de Oruro y el Comité de Obras Deportivas Departamentales, mediante Consultoría han elaborado un Estudio a Diseño Final del Complejo Deportivo de la ciudad de Oruro.

 

Que, dicho proyecto, ha sido evaluado por el Comité Nacional de Proyectos mereciendo recomendación favorable en fecha 30 de marzo de 1977 y aprobado por el Consejo Nacional de Economía y Planeamiento.

 

Que, como culminación de dichas gestiones, el Supremo Gobierno, mediante Decreto Nº 14830 de 11 de agosto de 1977, ha autorizado expresamente a la Corporación de Desarrollo de Oruro y el Comité de Obras Deportivas Departamentales de dicho distrito, convocar a licitación pública para la construcción del Complejo Deportivo de dicha ciudad, determinando asimismo que el Banco Central de Bolivia y el Instituto Nacional de Financiamiento, INDEF, estudien y propongan las alternativas más adecuadas de financiamiento.

 

Que, la Corporación de Desarrollo de Oruro y el Comité de Obras Deportivas Departamentales de aquella ciudad, con apoyo del merituado Decreto Supremo Nº 14830 del 11 de agosto de 1977, han convocado a licitación pública para la construcción de dicho Complejo, convocatoria que se encuentra en la etapa de calificación.

 

Que, la alternativa adecuada para el financiamiento del indicado Complejo Deportivo es mediante crédito externo, el mismo que por no haberse concretado aún, hace necesario se provea en forma transitoria los fondos que permitan la iniciación de las obras con la firma que se adjudique la licitación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Finanzas a gestionar y contratar a través de INDEF un crédito externo de hasta $us.- 4.500.000.- (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS 00/100), destinado al financiamiento de la construcción del Complejo Deportivo de la ciudad de Oruro, con cargo a los fondos creados por el Decreto Supremo Nº 14907 de fecha 13 de septiembre de 1977.

 

ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia procederá a conceder un crédito puente por la suma de $b. 20.000.000.- entretanto se concrete y efectivice el crédito establecido en el Artículo Primero.

 

ARTÍCULO 3.- Los términos y condiciones serán acordados entre el Banco Central de Bolivia y la Corporación de Desarrollo y el Comité Departamental de Obras Deportivas de Oruro a tiempo de la suscripción del respectivo contrato.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muños Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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