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DECRETO SUPREMO Nº 15425

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, por Decreto Supremo Nº 11039 de fecha 17 de agosto de 1973, se aprobó y ratificó el Convenio “Hipólito Unanue” destinado a promover la cooperación en los campos de la salud de los países del Area Andina, Convenio suscrito en fecha 18 de diciembre de 1971, en la ciudad de Lima entre los representantes de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela;

 

Que, en fecha 5 de abril de 1978 se suscribió en Santa Cruz, República de Bolivia el “Protocolo Adicional” por el que Chile renuncia a todos los derechos y cesa en todas sus obligaciones derivadas de dicho Convenio, su Protocolo Adicional y las demás Resoluciones emanadas de sus órganos a partir de la fecha de suscripción de este instrumento;

 

Que, es necesario proceder a la aprobación y ratificación de dicho Protocolo Adicional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruésbase y ratifícase el “Protocolo Adicional” al Convenio “Hipólito Unanue”, suscrito en la ciudad de Santa Cruz por los Representantes Plenipotenciarios de los Gobiernos de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela a los cinco días del mes de abril de 1978 años con motivo del retiro de la República de Chile de dicho Convenio por el que renuncia a todos sus derechos y cesa en todas las obligaciones derivadas del mismo, su Protocolo Adicional y demás Resoluciones emanadas de sus órganos a partir de la fecha de suscripción del presente instrumento.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y Previsión Social y Salud Pública quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de abril de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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