RESOLUCION MINISTERIAL Nº 142/2016
La Paz, 8 de septiembre de 2016
VISTOS:
La solicitud presentada por el representante legal de la ONG INSUMOS MÉDICOS ESENCIALES, cuya sigla es IME, con domicilio legal en la calle Luis Uría de la Oliva Nº2895, zona Sopocachi de la ciudad de La Paz, Departamento de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, la documentación de respaldo, informes preliminares y final y, disposiciones legales y normativas en vigencia.
CONSIDERANDO:
Que el numeral 15, Parágrafo II del artículo 298 de la Constitución Política del Estado Plurinacional establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado la otorgación y Registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.
Que los Decretos Supremos N° 29894, de 7 de febrero de 2009 y Nº 0802 de 23 de febrero de 2011, determinan la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, creando y señalando las atribuciones y competencias del Ministerio de Autonomías de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado.
Que la Ley Nº 351 de 5 de marzo de 2013, Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, regula la otorgación y el registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un Departamento y cuyas actividades sean no financieras.
Que el Artículo 8 de la referida Ley Nº351, prescribe que el Ministerio de Autonomías es la entidad competente de la otorgación y registro de la personalidad jurídica.
Que mediante memorial recepcionado en fecha 4 de agosto de 2016, la ONG INSUMOS MÉDICOS ESENCIALES, cuya sigla es IME, solicita modificación de Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, manifestando que al tener la obligación de sujetarse al Parágrafo III del Artículo 11 del D.S. 1597, no pudieron adecuar su naturaleza a una entidad civil sin fines de lucro, por lo que el Ministerio de Autonomías concluyó en una adecuación bajo la naturaleza de una ONG; sin embargo, IME al contar con otras características no logró realizar su registro en el Registro único Nacional de ONG`s del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo- VIPFE, habiéndose presentado serios obstáculos para realizar sus actividades por no enmarcarse le entidad a la naturaleza de una ONG, en tal sentido solicitan acogerse al D.S. 2650 , adecuando así su naturaleza a una entidad civil sin fines de lucro.
Que el Informe Legal DGAJ N°670/2016 de 15 de agosto de 2016, concluye que la ONG INSUMOS MÉDICOS ESENCIALES, cuya sigla es IME, en base a los antecedentes y la documentación presentada ha dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 7 y 12 de la Ley Nº 351; Parágrafo I del Artículo 22, y el Artículo único del Decreto Supremo No. 2650.
POR TANTO:
El Ministro de Autonomías con las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, el Decreto Supremo No. 802 de 23 de febrero de 2011, el Artículo 8 de la Ley Nº 351 de 19 de marzo de 2013 de Otorgación de Personalidades Jurídicas, el inciso a) del artículo 23 del Decreto Supremo Nº 1597 de 5 de junio de 2013 Reglamento Parcial a la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, Decreto Supremo No. 2650, y las disposiciones legales en vigencia,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar la Modificación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno correspondientes a INSUMOS MÉDICOS ESENCIALES, entidad civil sin fines de lucro, cuya sigla es IME, correspondiéndole desarrollar actividades no financieras en todos los Departamentos que comprenden el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública u otras tareas no determinadas en su Estatuto, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica.
ARTÍCULO 2.- Registrar el Estatuto Orgánico conformado por Tres Títulos, Cuarenta y Dos Artículos, y el Reglamento Interno integrado por Dos Títulos y Treinta y Un Artículos de INSUMOS MÉDICOS ESENCIALES, entidad civil sin fines de lucro, cuya sigla es IME, en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas – SIREPEJU, componente “Base de datos de los Estatutos y Reglamentos Internos de las personas colectivas”.
Remítase copia de la presente Resolución al Ministerio de la Presidencia para su correspondiente publicación en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, previo cumplimiento de las formalidades pertinentes por parte de INSUMOS MÉDICOS ESENCIALES, entidad civil sin fines de lucro.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Fdo. Hugo Siles Nuñez del Prado MINISTRO DE AUTONOMÍAS.