RESOLUCION MINISTERIAL Nº 133/2016
La Paz, 26 de agosto de 2016
VISTOS:
La solicitud presentada por el representante legal de la ONG GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA, con domicilio legal en la Calle Guerrilleros Lanza No. 1536, 4to piso de la ciudad de La Paz, del Departamento de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, la documentación de respaldo, informe preliminar y final y, disposiciones legales y normativas en vigencia.
CONSIDERANDO:
Que el numeral 15, Parágrafo II del artículo 298 de la Constitución Política del Estado Plurinacional establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado la otorgación y Registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.
Que los Decretos Supremos N° 29894, de 7 de febrero de 2009 y Nº 0802 de 23 de febrero de 2011, determinan la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, creando y señalando las atribuciones y competencias del Ministerio de Autonomías de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado.
Que la Ley Nº 351 de 5 de marzo de 2013, Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, regula la otorgación y el registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un Departamento y cuyas actividades sean no financieras.
Que el Artículo 8 de la referida Ley Nº351, prescribe que el Ministerio de Autonomías es la entidad competente de la Otorgación y registro de la personalidad jurídica.
Que en cumplimiento a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Nº351 la entidad fue registrada en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas – SIREPEJU, componente “Base de Datos de los registros de Personalidades Jurídicas otorgadas por el nivel central del Estado y por los gobiernos autónomos departamentales”.
Que, mediante Certificado de fecha 24 de octubre de 2014 con Código de Control R35611, se registra el nombre de la ONG GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA dentro del SIREPEJU.
Que en fecha 28 de octubre de 2014, la ONG GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA, solicitó la aprobación de Modificación de Estatuto Orgánico y Reglamento Interno adjuntando la documentación para el análisis correspondiente.
Que el Informe Legal DGAJ N°695/2016 de 24 de agosto de 2016, concluye que la ONG GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA, ha dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 7 y 10-I de la Ley Nº351; artículos 6, inciso a, 22-I y el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Segunda del Decreto Supremo N°1597.
POR TANTO:
El Ministro de Autonomías con las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, el Decreto Supremo No. 802 de 23 de febrero de 2011, el Artículo 8 de la Ley Nº 351 de 19 de marzo de 2013 de Otorgación de Personalidades Jurídicas, el inciso a) del artículo 23 del Decreto Supremo Nº 1597 de 5 de junio de 2013 Reglamento Parcial a la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas y, las disposiciones legales en vigencia,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar las modificaciones del Estatuto Orgánico correspondientes a la ONG GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA, correspondiéndole desarrollar actividades no financieras en todos los Departamentos que comprenden el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública u otras tareas no determinadas en su Estatuto, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica.
ARTÍCULO 2.- Registrar el Estatuto Orgánico conformado por Diez Capítulos y Cincuenta y Dos Artículos , y el Reglamento Interno conformado por Cincuenta y Seis Artículos, de la ONG GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas – SIREPEJU, componente “Base de datos de los Estatutos y Reglamentos Internos de las personas colectivas”.
Remítase copia de la presente Resolución al Ministerio de la Presidencia para su correspondiente publicación en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, previo cumplimiento de las formalidades pertinentes por parte de la GLOBAL HUMANITARIA BOLIVIA.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Fdo. Hugo Siles Nuñez del Prado MINISTRO DE AUTONOMIAS.