LEY 859
    LEY DE 28 DE NOVIEMBRE   DE 2016
EVO MORALES AYMA
    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL  DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
  Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la  siguiente Ley: 
  LA ASAMBLEA  LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
  
DECRETA:
  Artículo  Único. De  conformidad con lo establecido por el Parágrafo II del Artículo 362 de la  Constitución Política del Estado, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos  Fiscales Bolivianos - YPFB, suscribir el Contrato de Servicios Petroleros para  la Exploración y Explotación de Áreas Reservadas a favor de YPFB,  correspondiente al Área ITACARAY, ubicada en el Departamento de Chuquisaca, con  la empresa YPFB CHACO S.A.
  DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y  DEROGATORIA
  ÚNICA. Se abroga la Ley N° 131 de 2 de junio de 2011, y se derogan todas  las disposiciones contrarias a la presente Ley.
  Remítase al  Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
  Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional,  a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
  Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemi Natividad Diaz Taborga, Mario Mita  Daza, Ana Vidal Velasco.
  Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla  como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
  Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los  veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. 
  FDO. EVO MORALES AYMA, Juan  Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Sánchez Fernández.