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DECRETO SUPREMO N° 20408

LIC. JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA
REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Prof. Gualberto Paredes, presentó renuncia del cargo de Director General de Educación Urbana, en el mes de enero del año en curso, habiendo sido reemplazado con carácter interino por el Prof. Néstor Araujo Estrada, en su condición de Director Nacional de Educación Urbana.

 

Que es encesario proveer el cargo de Director General con carácter titular, para evitar entorpecimiento en el desenvolvimiento técnico-pedagógico de la Educación en el área Urbana.

 

Que el Código de la Educación Boliviana en su Art. 201 determina que el Director General de Educación será nombrado por el Consejo de Gabinete a propuesta del Ministro de Educación y Cultura.

 

Que a este fin, la Confederación Nacional de Maestros Urbanos de Bolivia, ha elevado listas indicativas con el curriculum vitae de cada uno de los profesores sugeridos.

 

Que revisados los antecedentes de cado uno de los postulantes, se ha establecido que el Prof. Néstor Araujo Estrada, actual Director Nacional de Educación Urbana, ha optado los diferentes cargos de su carrera docente, mediante concurso y exámenes de competencia tal como dispone el Código de la Educación Boliviana y el Reglamento del Escalafón, habiendo demostrado idoneidad en el desempeño de los cargos técnico-administrativos-pedagógicos que le cupo desempeñar.

 

Que el Prof. Néstor Araujo Estrada, reune los requisitos establecidos, en el Art. 202 del Código de la Educación Boliviana, además de contar con el ascendiente establecido en el Art. 55 del Reglamento del Escalafón del Magisterio, a través del apoyo otorgado por la Organización Sindical Nacional del Magisterio Urbano.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Designase Director General de Educación Urbano, al Prof. NESTOR ARAUJO ESTRADA, quien deberá tomar posesión del cargo en el día, debiendo percibir sus haberes de acuerdo al Item respectivo del Presupuesto del Ministerio de Educación y Cultura.

 

El Ministro de Educación y Cultura queda encargado de dar cumplimiento al Presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintin Julio Mendoza H., Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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