TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 579

LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 2014

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título oneroso, de un área de terreno con una extensión superficial de 60,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, registrada en Derechos Reales bajo la Matrícula N° 2.01.4.01.0021296, ubicada en el Manzano I-20, Lote N° 50, de la Urbanización Río Seco, Sector Libertad, Distrito Municipal N° 4 de la ciudad de El Alto, cuyas colindancias son: al Norte, con el Lote N° 503; al Sur, con el Lote N° 54; al Este, con la avenida Nilo Soruco; y al Oeste, con los Lotes N° 56 y 499; a favor del Señor Sabino Aguilar Gutiérrez, conforme a lo establecido en la Resolución Municipal N° 128/2014 de 7 de marzo de 2014.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil catorce.

 

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil catorce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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