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DECRETO SUPREMO N° 20231

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado SAMAPA, con las facultades que le confiere el Decreto Ley No. 07597 de 20 de abril de 1966, llamo a Licitación Pública, mediante Convocatoria Internacional No. 02/82-BID, para la Provisión de medidores de agua y accesorios, destinados al Proyecto de Abastecimiento de Agua Potable para la ciudad de La Paz (Segunda Fase, Segunda Etapa), financiados con fondos prevenientes del Convenio de Prestamo No. 571/SF-BO, suscrito entre Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo BID.

 

Que, cumplidas las formalidades establecidas por el Decreto Ley No. 15223 de 30 de diciembre de 1977, Honorable Junta de Adquisiciones de SAMAPA, según Acta No. 01/83 de

8 de febrero de 1983 y Resolución No. 02/83 de 9 de febrero de 1983, adjudicó a la Firma SUMINDUS S.R.L. los ítems 1 al 5; 16 al 20 y 28, de la Convocatoria indicada, por el precio de $us. 608.470.- (Seiscientos Ocho Mil Cuatrocientos Setenta 00/100 Dólares Americanos).

 

Que, del cuadro comparativo, informes y demás antecedentes puestos en consideración, se evidencia que la adjudicación en favor de la Firma SUMINDUS S.R.L., la más conveniente a los intereses de SAMAPA.

 

Que en virtud de lo dispuesto por el inciso d) del Art. 2do. del Decreto Supremo No. 19448 de 9 de marzo de 1983, modificatorio del Art. 65 de la Ley de Adquisiciones, corresponde aprobar la adjudicación mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Aprobar la adjudicación efectuada por la Honorable Junta de Adquisiciones del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado SAMAPA en favor de la firma SUMINDUS S.R.L. para la provisión de:

 

MEDIDORES

 

Cantidad

Items

 

Diámetro

1

½

23.000.-

2

¾

7.000.-

3

1

1.000.-

4

1 ½

600.-

5

2

300.-

 

VALVULAS CORTINA

 

Cantidad

Items

 

Diámetro

16

1

1.100.-

17

1 ½

650.-

18

2

650.-

19

1

1.100.-

20

1 ½

650.-

 

 

COLECTORES DE MATERIALES

Cantidad

Items

 

Diámetro

28

1 ½

600.-

 

correspondiente a la convocatoria Internacional N/002/82 BID, por el precio total de seiscientos ocho mil cuatrocientas setenta 00/100 dólares americanos ($us. 608.470.-).

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los personeros legales de SAMAPA la suscripción del correspondiente contrato con la Firma SUMINDUS S.R.L., con la intervención de la Contraloría General de la República y la Fiscalía de Gobierno.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata, Min. RR.EE. y Culto a.i., Manuel Cárdenas, Flavio Machicado Saravia, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste Fernandez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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