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DECRETO SUPREMO N° 20038

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que la Empresa Siderúrgica Boliviana S.A. (SIDERSA), ha solicitado un Presupuesto Adicional de $b. 12.000.000.oo con fondos del Tesoro Nacional, destinado a cubrir obligaciones pendientes y a reactivar la venta de minerales a la República Argentina.

 

Que Analizada la justificación del Presupuesto Adicional solicitado, se ha dispuesto que el Tesoro Nacional desembolse los recursos requeridos, con cargo a reembolso de fondos accionarios provenientes de COMIBOL durante el año 1984 y debiendo la Empresa Siderúrgia Boliviana S.A., garantizar su devolución al Tesoro Nacional también en el transcurso de la misma gestión de 1984, por lo que,

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase un Presupuesto Adicional de PESOS BOLIVIANOS DOCE MILLONES ($b. 12.000.000.oo) en favor de la Empresa Siderúrgica Boliviana S.A. (SIDERSA), con destino a su Capítulo de Funcionamiento, Programa 01 Desarrollo Minero-Metalúrgico, con recursos de Tesoro Nacional y con la obligación de proceder a su devolución durante el año 1984, con fondos de SIDERSA provenientes de los aportes accionarios de COMIBOL, correspondientes a la gestión 1984 y de acuerdo con el siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos

 

CODIGO

FUENTE

PRESUPUESTO ADICIONAL

1.983

I

1.-

NACIONALES

Tesoro Nacional

 

T o t a l .......................................

12.000.000.00

12.000.000.00

 

12.000.000.00

= = = = = = = =

 

 

E G R E S O S

 

(En Pesos Bolivianos)

 

CAPITULO : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : DESARROLLO MINERO-SIDERURGICO

RECURSOS : TESORO NACIONAL

 

Clasificación por objeto del Gasto:

 

CODIGO

DESCRIPCION

PRESUPUESTO ADICIONAL

1.983

200

220

223

SERVICIOS NO PERSONALES

Servicios de Transportes y Seguros

Fletes y Almacenamiento

 

T o t a l .......................................

12.000.000.00

12.000.000.00

12.000.000.00

 

12.000.000.00

= = = = = = = =

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de le ciudad de La Paz, a los díez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Oscar Bonifaz Gutierrez, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Min. Urbanismo y Vivienda a.i., Carlos Carvajal Nava, Jorge Medina Pinedo, Carlos Miranda Pacheco, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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