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DECRETO SUPREMO Nº 13256

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, requiere de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos propios, destinado a dar ejecución a importantes obras dentro del radio urbano y efectuar la compra de maquinaria y equipo, como asimismo para viabilizar el pago de intereses de créditos obtenidos en el exterior.

 

Que, analizada la ejecución presupuestaria de la Comuna de La Paz, se establece que en el Capítulo de Ingresos, los rubros de recaudación acusan incrementos muy superiores a los previstos en el Presupuesto vigente, existiendo por lo tanto, el financiamiento necesario para atender los gastos que demande el Presupuesto Adicional solicitado.

 

Que, corresponde al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal con el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Finanzas, en función de lo previsto por el Art. 17 del D.S. Nº 12262 de 24 de febrero de 1975.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, con cargo a recursos propios, para su vigencia en la presente gestión fiscal, por la suma de SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 70.865.500.-), de acuerdo al siguiente detalle:

_______________________________________________________________

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto Adicional

1975

I

NACIONALES

70.865.500.-

2.-

RECURSOS PROPIOS

41.593.100.-

 

 

TRIBUTARIOS

35.810.100.-

 

 

Impuestos Municipales

10.405.200.-

 

Patentes

25.404.900.-

 

 

NO TRIBUTARIOS

5.783.000.-

 

 

Tasas por Servicios Retribuidos

5.624.800.-

 

Tasas

158.200.-

 

3.-

CREDITO INTERNO

2.000.000.-

 

 

SENDU

 

2.000.000.-

 

4.-

TRANSFERENCIAS

321.700.-

 

 

YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS

321.700.-

 

1,5% sobre venta de lubricantes y gas licuado

321.700.-

 

5.-

OTROS

26.950.700.-

5.2

SALDO GESTION ANTERIOR

10.871.200.-

 

 

SALDO CAJA Y BANCOS

9.054.400.-

 

Venta de Terrenos (Fondo Destinado a Expropiaciones)

1.500.000. -

 

Impuesto sobre Espectáculos Públicos (Fondos Destinados a ayuda social)

 

316.800.-

 

5.4

APORTE DE LA COMUNIDAD

1.779.000. -

 

 

Aporte por Trabajos de Alcantarillado

279.000. -

 

Aporte por Trabajos de Alcantarillado

Villa Copacabana

 

500.000. -

 

Remate de Vehículos

1.000.000.-

 

5.5

VARIOS

14.300.500.-

 

 

INGRESOS DESTINADOS

14.300.500.-

 

 

Recargo Universitario 20%

3.999.500.-

 

Pro Agua Potable (SAMAPA)

5.444.800.-

 

Formulario Pro Club Municipal

31.100.-

 

Formulario Pro Club Fígaro

22.800.-

 

Tesoro General de la Nación

 

 

(Renta Interna)

Fábrica de Tubos

2.772.800.-

2.029.500.-

 

Totales:

70.865.500.-

 

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

Presupuesto Adicional

1975

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

409.400.-

 

270

SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES

209.400.-

 

273

Estudies, Investigaciones y Proyectos

209.400.-

 

290

 

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

 

200.000.-

 

291

Asignaciones Globales

200.000.-

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

1.100.000.-

 

330

 

SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO

 

 

1.100.000.-

 

333

Herramientas Menores

400.000.-

335

Materiales para Construcción y Edificación

650.000.-

336

Otros materiales para Construcción y Mantenimiento

50.000.-

 

400

 

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

36.158.000.-

 

410

INMOBILIARIOS

32.023.800.-

 

417

Obras Urbanísticas

13.534.300.-

418

Obras Hidráulicas y Sanitarias

18.489.500.-

 

430

 

MAQUINARIA Y EQUIPO

 

3.873.600.-

 

431

Equipo de Oficina y Muebles

1.200.800.-

432

Maquinaria y Equipo de Producción

1.000.000.-

433

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación

1.040.000.-

438

Equipo de Comunicaciones

200.000.-

440

Otra Maquinaria y Equipo

432.800.-

 

460

 

OTROS ACTIVOS

 

260.600.-

 

500

 

DEUDA PUBLICA

 

7.672.200.-

 

510

DEUDA PUBLICA INTERNA

2.746.500.-

 

511

Amortización

716.000.-

512

Intereses

300.500.-

513

Comisiones y Otros

10.000.-

514

Créditos Reconocidos

1.720.000.-

 

520

 

DEUDA PUBLICA EXTERNA

 

4.925.700.-

521

Amortización

45.500.-

522

Intereses

4.870.200.-

523

Comisiones y Otros

10.000.-

 

600

RESERVAS

2.886.000.-

 

610

RESERVAS ECONOMICAS

1.900.000.-

 

614

Otras Reservas Económicas (Reajustes para Obras)

1.900.000.-

620

RESERVAS SOCIALES

986.000.-

 

621

Reservas para. Beneficios Sociales

986.000.-

 

700

TRANSFERENCIAS

22.639.900.-

 

710

TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PRIVADO

 

5.893.300.-

 

711

Pensiones, Donaciones y Premios

200.000.-

713

Subsidios o Subvenciones

940.700.-

715

Otras Transferencias al Sector

 

 

Privado

4.752.600.-

 

720

TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PUBLICO

 

16.746.600.-

 

 

A: POR PARTICIPACION EN TRIBUTOS

16.746.600.-

 

721

ADMINISTRACION CENTRAL

2.772.800.-

 

2.- MINISTERIOS DE ESTADO

2.772.800.-

 

 

Ministerio de Finanzas (Tesoro Nacional)

2.772.800.-

722

ADMINISTRACION

 

 

DESCENTRALIZADA

13.973.800.-

 

2.- INSTITUCIONES PUBLICAS

13.973.800.-

 

 

UMSA

3.999.500.-

 

SAMAPA

5.444.800.-

 

Fábrica de Tubos

4.529.500.-

 

 

Total:

70.865.500.-

___________________________________________________________________

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treintiun días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Aszún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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