DECRETO SUPREMO Nº 13895
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Instituto Nacional de Electrificación Rural, (INER), convocó a Licitación Pública para la provisión de grupos electrógenos destinados al programa de electrificación de poblaciones menores en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Tarija y Pando.
Que, tomando en cuenta la calificación y recomendaciones de la Comisión Evaluadora, la H. Junta de Almonedas del Instituto Nacional de Electrificación Rural, en su reunión de 21 de julio de 1976, adjudicó la provisión de los Grupos Electrógenos a la firma South American Co., por que su propuesta satisfacía las especificaciones técnicas requeridas y por ser la más ventajosa a los intereses fiscales para la ejecución de los programas de Electrificación Rural.
Que, por el monto de la propuesta es necesario aprobar la adjudicación de la H. Junta de Almonedas mediante Decreto Supremo, de conformidad a lo dispuesto por el D.L. Nº 13384 de fecha 20 de febrero de 1976.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Instituto Nacional de Electrificación Rural, dependiente del Ministerio de Energía e Hidrocarburos, en favor de la firma South American Co., para la provisión de veintiocho grupos electrógenos de acuerdo al siguiente detalle: 1 grupo Raynar Commins de 200 KW. 2 grupos Kato-Hércules de 30 KW y 25 grupos Kato-Hércules de 15-20 KW por un valor de Doscientos Cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y cinco - - 00/100 Dólares Americanos ($us. 248.265.-), en su equivalente de cinco millones sesenta y cuatro mil seiscientos seis 00/100 Pesos Bolivianos ($b.- - 5.064.606.-).
ARTÍCULO 2.- El monto establecido para la adquisición de referencia, será cancelado con cargo a los fondos asignados a INER en su presupuesto de inversiones de 1976-1977 Programa 02 Instalaciones Eléctricas Código 400 Activos Fijos y Financieros, Partida 430.-Maquinaria y Equipo Sub Grupo 432.4., Maquinaria y Equipo de Producción.
ARTÍCULO 3.- Autorízase a INER a suscribir el respectivo contrato, con intervención del Ministerio de Energía e Hidrocarburos, Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno.
El señor Ministro de Energía e Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.