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DECRETO SUPREMO Nº 13889

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio del Interior, Migración y Justicia mediante Nota Nº 335/76 de fecha 20 de julio del presente año, solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional con el fin de cubrir obligaciones imprevistas.

 

Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del Servicio recurrente, se establece que el Presupuesto del Ministerio del Interior requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional para cubrir las necesidades expuestas.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio del Interior. Migración y Justicia con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 250.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DEL INTERIOR, MIGRACION Y JUSTICIA

PROGRAMA 01: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto
Adicional
1976

 

I

 

NACIONALES

 

250.000.-

1.—

Tesoro Nacional

250.000.-

 

Total:

250.000.-

=======

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional
1976

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

250.000.-

290

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

250.000.-

291

Asignaciones Globales

250.000.-

 

 

Total:

 

250.000.-

=======

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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