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DECRETO SUPREMO Nº 13887

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, Acción Cívica Nacional se encuentra ante la necesidad de adquirir materiales de construcción destinados a la edificación de escuelas de enseñanza básica en distintas zonas fronterizas del país para su ejecución a través del Programa Pueblo Gobierno, con financiamiento de aportes fiscales y de la comunidad.

 

Que, efectuado el análisis de necesidades y requerimientos por la Dirección General de Presupuestos del Ministerio Finanzas, se establece la urgencia de reforzar el Presupuesto del merituado Organismo, con el fin de proveer de los recursos financieros necesarios para la prosecución de obras.

 

Que, al fin indicado, corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional, en la forma y detalle propuestos por la Dirección General de Presupuesto, en función de las atribuciones conferidas por el Art. 28 del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero de 1976.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Defensa Nacional con destino a Acción Cívica Nacional como Organismo dependiente, con cargo a fondos del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal, por la suma de UN MILLON CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.196.400.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto

Adicional

1976

I

NACIONALES

 

 

 

1.196.400.-

 

1.-

 

 

Tesoro Nacional

 

 

 

1.196.400.-

 

 

Total:

 

 

1.196.400.-

 

 

CAPITULO DE FUNCIONAMIENTO

 

PROGRAMA 01: ADMINISTRACION GENERAL DE LAS FUERZAS

ARMADAS DE LA NACIÓN

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

 

Presupuesto
Adicional
1 9 7 6

 

700

 

TRANSFERENCIA

 

1.196.400.-

_________

 

730

 

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL SECTOR PUBLICO

 

1.196.400.-

_________

 

732

 

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

 

1.196.400.-

_________

 

 

2.- INSTITUCIONES
PUBLICAS

 

1.196.400.-

_________

 

Acción Cívica Nacional

1.196.400.-

_________

 

 

Total:

 

1.196.400.-

========

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Acción Cívica Nacional como Organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará en su ejecución al siguiente detalle:

 

ACCION CIVICA NACIONAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

 

 

 

Código

Fuente

Presupuesto
Adicional
1976

I

NACIONALES

1.196.400.-

_________

4.-

TRANSFERENCIAS

1.196.400.-

_________

 

2.- MINISTERIOS DE ESTADO

1.196.400.-

_________

 

Ministerio de Defensa Nacional (T.G.N.)

1.196.400.-

_________

 

T d t a l:

1.196.400.-

========

 

CAPITULO DE INVERSIONES

PROGRAMA 01: OBRAS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL

 

PROYECTO 01: OBRAS DE INFRAESTRUCTURA RURAL

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

Presupuesto
Adicional
1976

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

1.196.400.-

_________

410

INMOBILIARIOS

1.196.400.-

_________

 

413.4

 

Condiciones de Edificios

 

1.196.400.-

_________

 

Total:

1.196.400.-

========

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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