TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

DECRETO PRESIDENCIAL N° 1563

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el señor Luis Alberto Arce Catacora, Ministro de Economía y Finanzas Públicas, mediante nota MEFP/DM/JG - 1390/2013, del 12 de abril de 2013, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 19 al 24 de abril de 2013, a las ciudades de Washington y Nueva York – Estados Unidos de América, a objeto de asistir a la “Asamblea de Primavera del Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM), en su calidad de Gobernador Titular por el Estado Plurinacional de Bolivia ante el FMI; participar como panelista en la Conferencia de la OEA “Gobernanzas y Global y Reformas del Sistema Financiero Internacional: Impacto en las Américas”, y asistir a la “Reunión con Inversionistas para llevar adelante el Non – Deal Roadshow para la Potencial Emisión de Bonos Soberanos en los Mercados de Capital Externos”, por lo cual solicita la designación de Ministra Interina mientras dure su ausencia.

 

Que es necesario designar Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRA INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a la ciudadana Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, mientras dure la ausencia del titular.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil trece.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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