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DECRETO SUPREMO N° 12676

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, los postulantes a Guardias del Regimiento Policial N° 6 no prestaron servicios durante el mes de enero de la presente gestión fiscal, en razón de que el Comando de dicha Unidad estuvo obocado a la selección y exámenes de admisión de postulantes, arrojando por este concepto un ahorro de ejecución, susceptible de ser empleado en la construción de edificios policiales y adquisición de materiales y menajo de cocina.

 

Que, a mérito de dar curso a la utilización de estos recursos en los fines mencionados, se requiere con carácter previo determinar el depósito de todos los cheques IBM. girados a nombre de los referidos Guardias en la cuenta ordinaria del Tercero Nacional a fin de elaborar el correspondiente traspaso de fondos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Dispónese que la Dirección de la Policía Boliviana efectúe el depósito de cheques IBM, en la cuenta ordinaria del Tesoro Nacional, girados a nombre de los postulantes a Guardias del Regimiento Policial N° 8, correspondientes al mes de enero de la presente gestión fiscal.

 

ARTÍCULO 2.- Con cargo a los anteriores recursos se autoriza al Ministerio del Interior, Migración y Justicia iniciar la construcción de dormitorios y oficinas policiales, instalación de cocinas y adquisición de menajes de cocina y comedor.

 

ARTÍCULO 3.- Con los fines de viabilizar los desembolsos, se autoriza al Ministerio, del Interior Migración y Justicia, para que dentro de su Presupuesto correspondiente a la presente gestión fiscal, efectúe un traspaso de fondos por la suma de SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 698.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

De:

 

 

100

SERVICIOS PERSONALES

581.150.-

110

EMPLEADOS PERMANENTES

581.150.-

111

Haberes Básicos

41.041.-

113

Bonos

540.709.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

116.250.-

320

SUMINISTROS GENERALES

116.250.-

324

Alimentos

116.250.-

 

Total:

698.000.-

 

 

 

A:

 

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

620.000.-

320

SUMINISTROS GENERALES

120.000.-

321

Materiales para Limpieza y Usos Domésticos

120:000.-

330

SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO

 

400.000.-

335

Materiales para Construcción y Edificación

400.000.-

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

178.000.-

490

MAQUINARIA Y EQUIPO

178.000.-

491

Equipo de Oficina y Muebles

178.000.-

 

Tota1:

698.000.-

 

 

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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