TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 280

LEY DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2012

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo 1. Se declara Patrimonio Nacional Monumental, Histórico, Cultural y Arquitectónico del Estado Plurinacional de Bolivia, la Catedral Metropolitana de Cochabamba, ubicada en el Municipio de Cercado del Departamento de Cochabamba.

Artículo 2. Se declara de prioridad la preservación de la Catedral Metropolitana de Cochabamba, en tanto Monumento Histórico, Cultural y Arquitectónico.

Artículo 3. Según normativa vigente, el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado del Departamento Cochabamba, podrán gestionar fondos para la preservación, mantenimiento y restauración de la Catedral Metropolitana de Cochabamba.

Artículo 4. El Ministerio de Culturas queda encargado del registro, catalogación y emisión del certificado de Patrimonio Cultural, mencionado en el Artículo 1.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de septiembre del año dos mil doce.

 

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David Cortéz Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Ciudad de Cochabamba, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil doce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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