TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 275

LEY DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2012

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo 1. De conformidad con el Artículo 158, atribución 14ª del parágrafo I, de la Constitución Política del Estado, se ratifica el “Convenio entre la República de Colombia y la República de Bolivia sobre Cooperación para el Control de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Sicotrópicas y Delitos conexos, Prevención del Consumo, Rehabilitación y Desarrollo Alternativo”, suscrito en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 12 de marzo de 2001.

Artículo 2. El Órgano Ejecutivo a través de una Declaración Interpretativa, comunicará al Gobierno de la República de Colombia, que la denominación “República de Bolivia” deberá entenderse como “Estado Plurinacional de Bolivia”, de conformidad con la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009 y el Decreto Supremo Nº 0048 de 18 de marzo de 2009.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil doce.

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Ángel David Cortéz Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil doce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|