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DECRETO SUPREMO Nº 12749

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la República de Bolivia, como miembro del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha solicitado que la ciudad de La Paz sea la sede de la Reunión de la Asamblea de Gobernadores en el año de 1977.

 

Que, estas reuniones anuales de la Asamblea de Gobernadores del BID tienen importancia en el ámbito financiero con relación al desarrollo económico y social del Hemisferio Occidental y atraen el interés de personas y organismos, tanto gubernamentales como privados.

 

Que, para la organización y manejo de esta reunión es necesario que un organismo eficiente asuma la responsabilidad total de ella.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Desígnase al Banco Central de Bolivia institución responsable para la organización, coordinación y ejecución de los trabajos para la Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo, en la ciudad de La Paz, en el curso del año 1977.

 

ARTÍCULO 2.- Los Ministerios y organismos del Estado deberán obligatoriamente prestar al Banco Central de Bolivia las más amplias facilidades y colaboración para el cumplimiento de la misión encomendada.

 

El señor Ministro de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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