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DECRETO SUPREMO Nº 3453

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2006

Sucre, 5 de septiembre de 2006

Expediente: 2006-13808-28-RDI

Distrito: La Paz

Magistrada Relatora: Dra. Elizabeth Iñiguez de Salinas

 

En el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por José Felipe Oña Paredes, Diputado Nacional, demandando la inconstitucionalidad de los Decretos Supremos (DDSS) 24618, de 16 de mayo de 1996 y 24789, de 4 de agosto de 1997, por ser presuntamente contrarios a los arts. 2, 30, 31, 59.8ª, 69, 115.I, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado (CPE).

 

POR TANTO

 

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120.1ª de la CPE, arts. 7 inc. 1) y 54 y ss. de la LTC, declara la INCONSTITUCIONALIDAD del art. 3 del DS 24618, de 16 de mayo de 1996, modificado por el art. 1 del DS 24789 de 4 de agosto de 1997, con efectos derogatorios conforme dispone el art. 58.III de la LTC.

 

Se dispone la publicación de la presente Sentencia en la Gaceta Oficial de Bolivia, así como la notificación al Ministro de la Presidencia para su cumplimiento.

 

No interviene el Magistrado, Dr. Artemio Arias Romano, por no haber conocido el asunto.

 

Fdo. Dra. Elizabeth Iñiguez de Salinas, Dra. Martha Rojas Álvarez, Dra. Silvia Salame Farjat, Dr. Walter Raña Arana.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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