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DECRETO SUPREMO N° 12871

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Directorio de la Corporación Minera de Bolivia, en Sesión N° 749 de fecha 22 de abril de 1975, ha aprobado y autorizado a la Gerencia General la venta de 4.040 metros cuadrados de terreno en favor del Comité de Adjudicaciones en construcción en la Empresa Minera de Corocoro;

 

La solicitud de la Corporación Minera de Bolivia, pidiendo autorización para transferir a título de compra-venta 4.040 metros cuadrados de terreno para vivienda al precio de $b. 5.- el metro, en la Empresa Corocoro y que habiéndose establecido por los servicios geológicos que dicha zona no se encuentra mineralizada, ni es necesaria para los trabajos de desarrollo de la mencionada Empresa Minera.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Corporación Minera de Bolivia, la transferencia de 4.040 metros cuadrados de terreno para vivienda en favor del Comité de Adjudicaciones de Construcción en la Empresa Minera de Corocoro, al precio de $b. 5.- el metro cuadrado de acuerdo a las especificaciones, planos y zona determinados por dicha Empresa.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y Vivienda y Urbanismo, quedan encargados del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Víctor Gonzáles Fuentes, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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