TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 157

LEY DE 26 DE JULIO DE 2011

 

ALVARO GARCIA LINERA

PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

 

Artículo 1. De conformidad con el Artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª de la Constitución Política del Estado, se ratifica el “Convenio entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República de Cuba para la Protección y Recuperación de Bienes Culturales Patrimoniales”, suscrito en la ciudad de La Habana, en fecha 28 de abril de 2008.

 

Artículo 2. El Órgano Ejecutivo a través de una Declaración Interpretativa, deberá comunicar al Gobierno de la República de Cuba que la denominación de “República de Bolivia” deberá entenderse como “Estado Plurinacional de Bolivia”, de conformidad con la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cinco días del mes de julio del año dos mil once.

 

Fdo. René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Zonia Guardia Melgar, Carmen García M., Esteban Ramírez Torrico, Ángel David Cortés Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil once años.

 

FDO. ÁLVARO GARCIA LINERA, David Choquehuanca Céspedes, Nilda Copa Condori, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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