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DECRETO PRESIDENCIAL N° 0794
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que el numeral 4 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, otorga al Presidente del Estado Plurinacional la atribución de dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; asimismo, el numeral 22 del referido Artículo, le faculta a designar a las Ministras y/o Ministros de Estado.
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa a las siguientes ciudadanas y ciudadanos como MINISTRA Y MINISTROS DE ESTADO, asignándoles las siguientes carteras:
Félix Rojas Gutiérrez
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO
Y PREVISIÓN SOCIAL
Elizabeth Cristina Salguero Carrillo
MINISTRA DE CULTURAS
Iván Jorge Canelas Alurralde
MINISTRO DE COMUNICACIÓN
II. La señora Ministra y señores Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día, en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de febrero del año dos mil once.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana.
TEXTO DE CONSULTA
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