TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 042

LEY DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Único. De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Financiamiento suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y Artigiancassa SpA, el 4 de junio de 2010, por un monto de Euros 25.000.000.- (VEINTICINCO MILLONES 00/100 EUROS), destinados a apoyar el financiamiento del Proyecto “Misicuni II”.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil diez.

 

Fdo. René O. Martínez Callahuanca, Adriana Arias de Flores, Andrés A.Villca Daza, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, Ángel David Cortés Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de dos mil diez años.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Elba Viviana Caro Hinojosa, María Esther Udaeta Velásquez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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