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DECRETO SUPREMO N° 13105

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, mediante Decreto Supremo N° 12051 de 19 de diciembre de 1974, fue autorizada para proceder a la instalación y explotación de una Estación Terrena para comunicaciones Vía Satélite en ejecución de la política integral el Gobierno Nacional en materia de telecomunicaciones, destinada a dotar al país de sistemas con los perfeccionamientos tecnológicos que exigen la integración económica y cultural de la Nación.

 

Que, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, al realizar los estudios necesarios, por razones técnicas y, como sitio que en conjunto reune las mejores condiciones para la instalación y puesta en marcha del Complejo “Estación Terrena”, delimitó un área de 5.15 has, de terreno situados en Villa Salomé - Pampajasi (inmediaciones de la Ciudad del Niño) de esta ciudad, extensión sobre la cual, la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, tiene derecho propietario de 13.155 m2.

 

Que, para la realización de obras de interés colectivo y de prioritaria importancia, como la instalación del Complejo “Estación Terrena”, es conveniente y justificada la transferencia de bienes inmuebles entre instituciones del sector público.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase a la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencai de la República, efectuar la transferencia en venta del derecho propietario que tiene sobre la extensión de 13.155 m2 de terreno ubicado en Villa Salomé, dentro del área delimitada para la instalación de la “Estación Terrena”, en favor de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, facultando a las mencionadas instituciones acordar las bases y condiciones de la referida transferencia.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a los señores Presidente del Directorio y Gerente General de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones ENTEL y Vicepresidente y Director de Planificación, Administrativo - Financiera de la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, suscribir la correspondiente escritura de transferencia, debiendo imputarse el monto del precio al fondo del Proyecto “Estación Terrena” de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

 

Los señores Ministros de Estado en las carteras de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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