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DECRETO SUPREMO Nº 14274

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, en cumplimiento de la Resolución Suprema Nº 130919 de 2 de julio 1976, el Banco Central de Bolivia ha otorgado un préstamo de $b. 2.000.000.- Ministerio de Planeamiento y Coordinación, destinados a cubrir los gastos calculados para la conclusión de la remodelación y ampliación de su edificio en la Avenida Arce de esta ciudad, cuya ejecución de obra ha sido adjudicada a la Empresa Comargo & Cía. estimándose a la fecha un avance de obra del 80%.

 

Que, en razón de que los fondos referidos no se hallan comprendidos en el Presupuesto vigente del Ministerio de Planeamiento y Coordinación corresponde al Supremo Gobierno autorizar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a los merituados recursos, a efecto de regularizar la ejecución presupuestaria de este Servicio, incluyendo la relación de ingresos y egresos elaborada por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación con cargo a crédito interno proveniente del préstamo otorgado por el Banco Central de Bolivia, por la suma de DOS MILLONES - oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.000.000.-), para su vigente en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACION
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Presupuesto

Código

F u e n t e

Adicional

 

 

1976

I

NACIONALES

2.000.000.-

3.-

CREDITO INTERNO

2.000.000.-

 

Banco Central de Bolivia

2.000.000.-

 

T o t a l:

2.000.000.-

 

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1976

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

2.000.000.-

410

INMOBILIARIOS

2.000.000.-

414.3

Reforma de Edificios

2.000.000.-

 

T o t a l:

2.000.000.-

 

 

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento, y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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