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DECRETO SUPREMO Nº 14276

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Prefectura del Departamento de La Paz, tiene necesidad de destinar la suma de $b. 3.170.000.- provenientes de Regalías Mineras por concepto de reajustes de precios de minerales de la gestión fiscal de 1974, a la ejecución de obras de infraestructura programadas para la presente gestión de 1976 a través de un Presupuesto Adicional.

 

Que, en virtud de la facultad otorgada por el Art. 28 del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero del presente año, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas se pronuncia por la viabilidad del Presupuesto Adicional solicitado con el objeto de asegurar la continuidad de los proyectos de infraestructura en plena ejecución que tiene la Prefectura de La Paz, tales como el Proyecto Caminero de interés nacional "San Buenaventura - Ixiamas - Puerto Heath", cuyas obras se iniciaron en el mes de mayo y la Pista de Chulumani que se inició en el mes de junio ambos en la presente gestión fiscal.

 

Que, corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional, incluyendo la relación de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de La Paz, con cargo a Recursos Propios originados en trasferencias por Regalías Mineras, por la suma de TRES MILLONES CIENTO SETENTA MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.170.000.-), para su vigencia en la presente Gestión Fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

PROGRAMA 02 : INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

 

Presupuesto

Código

F u e n t e

Adicional

 

 

1 9 7 6

I

NACIONALES

3.170.000.-

4.-

TRANSFERENCIAS

3.170.000.-

 

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

3.170.000.-

 

3.- EMPRESAS PUBLICAS

3.170.000.-

 

Corporación Minera de Bolivia

3.170.000.-

 

T o t a l:

3.170.000.-

 

 

 

CAPITULO II: INVERSION

PROGRAMA 02 : INFRAESTRUCTURA

DEPARTAMENTAL

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

 

Presupuesto

Código

D e s c r i p c i ó n

Adicional

 

 

1 9 7 6

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

3.170.000.-

410

INMOBILIARIOS

3.170.000.-

415.4

Construcción de Caminos y Puentes

3.170.000.-

 

T o t a l:

3.170.000.-

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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