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DECRETO SUPREMO Nº 14413
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, las oficinas Distritales de la Renta, Aduana y Sub-Tesoro de la ciudad de Sucre carecen de local propio y se encuentran ocupando inmuebles alquilados, inadaptables en los dos últimos casos para sus específicas labores con evidente perjuicio para los contribuyentes y los intereses fiscales, siendo, por tanto, necesario dotarles de un local adecuado para el deesnvolvimiento de sus funciones.
Que, siendo posible adquirir un inmueble de propiedad del Banco Nacional de Bolivia, ubicado en un lugar céntrico de dicha ciudad, para ser uitlizado en la instalación adecuada de las oficinas de las Administraciones Distritales de la Renta y de Aduana, así como del Sub-Tesoro Departamental, corresponde al Supremo Gobierno autorizar la compra directa de dicho bien raíz exceptuando lo dispuesto en el Art. 13 del D. S. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.
Que, a objeto de establecer el precio del inmueble, el Ministerio de Finanzas, ha destacado una comisión a la ciudad de Sucre; la misma que conjuntamente con personeros de Catastro Departamental y peritos elegidos al efecto, han llegado a determinar que el precio del inmueble no sobrepasa la suma de $b. 1.500.000.- sobre la oferta por el Banco Nacional de $b. 2.100.000.-.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas la compra directa del inmueble propio del Banco Nacional de Bolivia ubicado en la calle España N° 18 de la ciudad de Sucre, con una superficie total de 1.014 mts. para ser destinado a la instalación de las oficinas Distritales de la Renta y de Aduana, así como del Sub-Tesoro Departamental, por la suma establecida de UN MILLON QUINIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS (Sb. 1.500.000.-), con cargo a la cuenta N° 412 Edificios del Presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas.
La respectiva minuta y correspondiente escritura pública deberá suscribirse por ante la Notaría de Hacienda con intervención de los señores Ministro de Finanzas, Contraloría General de la República y Fiscal de Gobierno, registrándose el derecho de propiedad en Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de 1a ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de marzo de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.
TEXTO DE CONSULTA
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