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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 14469

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decretos Supremos Nos. 12873 y 13807 de 18 de septiembre de 1975 y 29 de julio de 1976, respectivamente, se autorizó a la Empresa Nacional de Fundiciones y a la Corporación Minera de Bolivia organizar una sociedad responsable de la ejecución del proyecto de una fundición de Plomo-Plata organizándose un Directorio Provisional con la representación y facultad de adoptar las medidas necesarias y adecuadas para tal finalidad;

 

Que, al amparo de dichas disposiciones legales, el Directorio Provisional de Plomo-Plata, procedió a invitar a firmas especializadas para la elaboración del estudio de factilidad para una fundición y refinería de plomo-plata y luego de proceder a su calificación aprobó la propuesta presentada por el Consorcio Klockner Industrie Anlagen y S. A. Sidech, otorgándole el derecho de preferencia en la adjudicación de los equipos, sobre otras propuestas de igual precio y condiciones, aspectos autorizados y aprobados mediante Decreto Supremo N° 13471 de 6 de abril de 1976;

 

Que, el Directorio Provisional en uso de las facultades legales conferidas para la pronta implementación del mencionado proyecto y de acuerdo a la Política Metalúrgica Nacional y a lo establecido en el Plan Quinquenal, ha convocado a propuestas para la provisión de los equipos principales y auxiliares en base al pliego de especificaciones especialmente elaborados para el efecto. Para la parte de fundición y refinación y en base a pruebas metalúrgicas en escala industrial realizadas en la Unión Soviética, se ha seleccionado los procesos Kivcet y Harris por ser los únicos aplicables a la complejidad de los minerales plumbo - argentíferos bolivianos y a las condiciones locales, así como por la utilización de carbón vegetal como reductor, por lo que, tratándose de tecnologías especiales la licitación ha exigido la presentación previa de patentes para las secciones de fundición y refinación;

 

Que, en base a los documentos presentados por los proponentes, el Directorio provisional de ENAF/COMIBOL, constató que el Consorcio Klockner Industrie Anlagen y S. A. Sidech es el único que cuenta con las licencias exigidas y la tecnología aprobada y requerida para las condiciones bolivianas;

 

Que, de acuerdo a lo establecido en la Licitación Pública corresponde al Consorcio seleccionado, presentar su oferta definitiva para el suministro de equipos y maquinarias y financiamiento, para la parte de fundición y refinación;

 

Que, a tal efecto corresponde conformar una Junta de Almonedas que evalúe y califique la provisión de equipos, maquinaria y financiamiento, en base a la propuesta que presente el Consorcio Klockner Industrie Anlagen y S. A. Sidech;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la licitación pública convocada por la Sociedad ENAF/COMIBOL para la provisión de equipos, maquinarias y financiamiento y la consiguiente calificación del Consorcio Klockner Industrie Anlagen y S. A. Sidech, para el suministro de los equipos y maquinarias principales de las secciones de fundición y refinación seleccionados para este efecto por el Directorio Provisional de ENAF/COMIBOL por razones tecnológicas.

 

ARTÍCULO 2.- Se organiza una Junta Especial de Almonedas, para recibir, conocer evaluar y negociar los términos de la propuesta del Consorcio Klockner Industrie Anlagen y S. A. Sidech para el suministro de los equipos y maquinarias principales de las secciones de fundición y refinación y, en forma independiente, para evaluar, calificar y adjudicar la provisión de equipos auxiliares, de conformidad con los pliegos de especificaciones.

 

La Junta de Almonedas estará integrada por:

 

PRESIDENTE: Subsecretario de Minería y Metalurgia.

 

Miembros:

  • Dos representantes de la Sociedad ENAF/ COMIBOL.

  • Un representante de la Presidencia de la República.

  • Un representante del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.

  • Un representante del Ministerio de Finanzas.

  • Un representante técnico de la Contraloría General de la República.

  • El Fiscal de Gobierno.

  •  

    ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Minería y Metalurgia contrará los servicios de una firma consultora o expertos individuales para el asesoramiento de la Junta Especial de Almonedas.

     

    ARTÍCULO 4.- El Comité Nacional de Proyectos presentará al Consejo Nacional de Economía y Planeamiento (CONEPLAN) su informe y opinión sobre la factibilidad técnica, Económica-financiera e institucional del proyecto, que tome en cuenta el resultad de la Junta de Almonedas.

     

    Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia, de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

     

    Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.

     

    FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

    SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
    DECRETO SUPREMO Nº 690

    03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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