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DECRETO SUPREMO N° 14474
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa de Teléfonos "ORURO" S.A. convocó en 19 de diciembre de 1975, a licitación pública nacional e internacional para el proyecto de Ampliación de 1.500 líneas Telefónicas para la ciudad de Oruro, en virtud de la autorización expresa otorgada mediante Resolulución Ministerial N° 795/75 de fecha 25 de octubre de 1975 del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil;
Que, con tal finalidad, la Junta de Licitaciones de la Empresa de Teléfonos "Oruro" S.A. en fecha 28 de enero de 1976, adjudicó la ejecución de dicha Ampliación a la firma TELEFONAKTIEBOLAGET L.M. ERICSSON-SUECIA, por llenar los requisitos exigidos en la convocatoria;
Que, de acuerdo con el Contrato suscrito entre la Empresa de Teléfonos "Oruro" S.A. y Telefonaktiebolaget L.M. Ericsson-Suecia, en fecha 21 de mayo de 1976, la firma adjudicada ha comprometido el financiamiento del proyecto hasta un monto de $us. 765.212,58;
Que, el mencionado monto financiado que incluye los respectivos intereses, debe ser garantizado mediante una carta de garantía en favor de Telefonaktiebolaget L.M. Ericsson;
Que, es deber del Supremo Gobierno promover el desarrollo y atender especialmente el crecimiento de la demanda del servicio telefónico en la ciudad de Oruro, por lo que se hace necesario autorizar al Banco Central de Bolivia, a conceder la carta de garantía para la ejecución de tan importante proyecto;
Que, el Consejo Nacional de Economía y Planificación en reunión de 24 de noviembre de 1976 ha considerado los correspondientes informes relacionados con la mencionada solicitud de carta de garantía, habiéndose pronunciado favorablemente a su concesión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder carta de garantía en favor de la firma TELEFONAKTIEBOLAGET L.M. ERICSSON de Suecia, hasta la suma de SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS QUINCE 58/100 DOLARE AMERICANOS ($us. 765.215,58) monto obtenido en calidad de crédito por la Empresa de Teléfonos "Oruro" S. A. de la citada firma, para la adquisición de bienes y servicios destinados a la instalación de 1.500 líneas telefónicas en la ciudad de Oruro.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los términos y condiciones de la carta de garantía serán convenidos entre el Banco Central de Bolivia y la Empresa de Teléfonos "Oruro" S.A.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.
TEXTO DE CONSULTA
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